Las titulaciones náuticas de recreo son necesarias para gobernar con seguridad y legalmente una embarcación de recreo. Son expedidas por la Dirección General de la Marina Mercante y las comunidades autónomas con competencias para ello.
¿Cuál es la titulación precisa según el tipo de barco y el ámbito de navegación?
Lo primero que debes saber es que determinados barcos y modalidades de navegación que no son consideradas embarcaciones de recreo o no requieren titulación y otras que sí. Para estas últimas tendrás que realizar un curso con un número de clases prácticas y teóricas, según la modalidad, y superar un examen en la mayoría de los casos.
Embarcaciones de navegación de recreo que no necesitan título
Estas son las embarcaciones que se denominan genéricamente flotantes o de playa, tales como tablas de surf o windsurf, embarcaciones a pedales, barcas hinchables o a remo, etcétera. Eso sí, habrá que navegar a menos de dos millas de la costa o puerto seguro.
Hay otras embarcaciones con las que puedes iniciarte en la navegación de recreo sin obtener el título, respetando el límite de las 2 millas, y son aquellas que no superan los 5 metros de eslora, en el caso de motor, o los 6 metros en el caso de las de vela. Esto será así siempre que tu embarcación tampoco supere los 15 CV de potencia en la motorización.
Licencia básica de navegación de recreo (LN)
Esta es la licencia que se suele obtener para iniciarse, y no necesita examen. Has de tener más de 18 años, o de 16 con autorización paterna, y se mantiene el límite de navegación en dos millas náuticas.
Con ella podrás utilizar embarcaciones de hasta 6 metros de eslora, en navegación diurna, sin ninguna limitación en cuanto a motorizaciones salvo que se adecuen a las indicaciones del fabricante. Se incluyen aquí las motos de agua.
Patrón de navegación básica (PNB)
Con este título ya puedes realizar navegación diurna y nocturna, alejarte hasta 5 millas de la costa y gobernar embarcaciones de hasta 8 metros de eslora. Eso sí, tendrás que superar un examen, completar unas prácticas obligatorias y presentar un certificado médico para tener tu acreditación definitiva.
Patrón de embarcaciones de recreo (PER)
Una titulación bastante completa que, con habilitaciones adicionales o licencias suplementarias, te abre las puertas a una serie de actividades profesionales: la navegación entre islas, la de 24 horas y hasta 24 metros de eslora. Complementándolo con el curso de seguridad profesional STWC, podrás realizar algunas actividades chárter.
En su modalidad básica podrás gobernar embarcaciones de hasta 15 metros y con un límite de 12 millas.
Patrón de yate (PY)
Podrás manejar, desde el primer momento, barcos de hasta 24 metros de eslora, y aventurarte en navegaciones de hasta 150 millas. Hay que contar previamente con el PER y realizar un curso de radio operador de corto alcance.
Capitán de yate (CY)
Muy similar al título de patrón de yate, con este no habrá límites a la distancia que puedes alejarte de la costa.
Así se completa el ciclo de titulaciones náuticas de recreo en base a la reglamentación actual. ¿Cuál de ellos te interesa conseguir?